lunes, 17 de abril de 2017

Trastornos del sueño-vigilia

Resultado de imagen para Trastornos del sueño-vigilia



La clasificación DSM-5 de los trastornos del sueño se ha diseñado para los profesionales de la salud mental en general y los profesionales médicos (los que atienden a pacientes adultos, geriátricos y pediátricos). Los trastornos del sueño-vigilia incluyen 10 trastornos o grupos de trastornos: trastorno de insomnio, trastorno de hipersomnia, narcolepsia, trastornos del sueño relacionados con la respiración, trastornos del ritmo circadiano de sueño-vigilia, trastornos del despertar del sueño no REM, trastorno de pesadillas, trastorno del comportamiento del sueño REM, síndrome de las piernas inquietas y trastorno del sueño inducido por sustancias/medicamentos. Los sujetos con estos trastor-nos presentan típicamente insatisfacción con la calidad, el horario y la cantidad del sueño. El malestar resultante durante el día y el deterioro son rasgos centrales compartidos por todos estos trastornos del sueño-vigilia.
La organización de este capítulo se ha diseñado para facilitar el diagnóstico diferencial entre las alteraciones del ciclo sueño-vigilia y clarificar cuándo es apropiada la derivación a un especialista del sueño para una evaluación más a fondo y planificar el tratamiento.

Trastorno de insomnio

Criterios diagnósticos                                                                           307.42 (F51.01)


A. Predominante insatisfacción por la cantidad o la calidad del sueño, asociada a uno (o más) de los síntomas siguientes:
1. Dificultad para iniciar el sueño. (En niños, esto se puede poner de manifiesto por la dificultad para iniciar el sueño sin la intervención del cuidador.)
2. Dificultad para mantener el sueño, que se caracteriza por despertares frecuentes o problemas para volver a conciliar el sueño después de despertar. (En niños, esto se puede poner de manifiesto por la dificultad para volver a conciliar el sueño sin la intervención del cuidador.)
3. Despertar pronto por la mañana con incapacidad para volver a dormir.
B. La alteración del sueño causa malestar clínicamente significativo o deterioro en lo social, laboral, educativo, académico, del comportamiento u otras áreas importantes del funcionamiento.
C. La dificultad del sueño se produce al menos tres noches a la semana.
D. La dificultad del sueño está presente durante un mínimo de tres meses.
E. La dificultad del sueño se produce a pesar de las condiciones favorables para dormir.
F. El insomnio no se explica mejor por otro trastorno del sueño-vigilia y no se produce exclusivamente en el curso de otro trastorno del sueño-vigilia (p. ej., narcolepsia, un trastorno del sueño relacionado con la respiración, un trastorno del ritmo circadiano de sueño-vigilia, una parasomnia).
G. El insomnio no se puede atribuir a los efectos fisiológicos de una sustancia (p. ej., una droga, un medicamento).
H. La coexistencia de trastornos mentales y afecciones médicas no explica adecuadamente la presencia predominante de insomnio.
Diagnóstico diferencial
Variaciones normales del sueño.
Insomnio agudo/situacional.
Trastornos del ritmo circadiano de sueño-vigilia del tipo de fases de sueño retrasadas y del tipo asociado a turnos laborales.
Síndrome de las piernas inquietas.
Trastornos del sueño relacionados con la respiración.
Narcolepsia.
Parasomnias.
Trastorno del sueño inducido por sustancias/medicamentos, tipo con insomnio.



Trastorno de hipersomnia
Criterios diagnósticos 307.44 (F51.11)
A. El individuo refiere somnolencia excesiva (hipersomnia) a pesar de haber dormido durante un período principal que dura al menos siete horas, con uno o más de los síntomas siguientes:
1. Períodos recurrentes de sueño o de caerse de sueño en el mismo día.
2. Un episodio principal de sueño prolongado de más de nueve horas diarias que no es repara-dor (es decir, no descansa).
3. Dificultad para estar totalmente despierto después de un despertar brusco.
B. La hipersomnia se produce al menos tres veces a la semana durante un mínimo de tres meses.
C. La hipersomnia se acompaña de malestar significativo o deterioro en lo cognitivo, social, laboral u otras áreas importantes del funcionamiento.
D. La hipersomnia no se explica mejor por otro trastorno del sueño y no se produce exclusivamente en el curso de otro trastorno del sueño (p. ej., narcolepsia, trastorno del sueño relacionado con la respiración, trastorno del ritmo circadiano de sueño-vigilia o una parasomnia).
E. La hipersomnia no se puede atribuir a los efectos fisiológicos de una sustancia (p. ej., una droga, un medicamento).
F. La coexistencia de trastornos mentales y médicos no explica adecuadamente la presencia pre-dominante de hipersomnia.
Diagnóstico diferencial
Variación normal del sueño.
Mala calidad del sueño y fatiga.
Trastornos del sueño relacionados con la respiración.
Trastornos del ritmo circadiano sueño-vigilia.
Parasomnias.
Otros trastornos mentales.

Narcolepsia
Criterios diagnósticos
A. Períodos recurrentes de necesidad irrefrenable de dormir, de abandonarse al sueño o de echar una siesta que se producen en un mismo día. Estos episodios se han de haber producido al menos tres veces por semana durante los últimos tres meses.
B. Presencia de al menos una de las características siguientes:
1. Episodios de cataplejía, definida por (a) o (b), que se producen como mínimo algunas veces al mes:
a. En los individuos con enfermedad de larga duración, episodios breves (segundos o minutos) de pérdida brusca bilateral del tono muscular, con conservación de la consciencia, que se desencadenan con la risa o las bromas.
b. En los niños o en otros individuos en los seis meses posteriores al inicio, episodios espontáneos de muecas o de abrir la boca y sacar la lengua, o hipotonía general sin un desencadenante emocional evidente.
2. Deficiencia de hipocretina, según el valor de inmunorreactividad de hipocretina-1 en el líquido cefalorraquídeo (LCR) (inferior o igual a un tercio del valor en individuos sanos ana-lizados con la misma prueba, o inferior o igual a 110 pg/mL). La concentración baja de hipocretina-1 en el LCR no se ha de observar en el contexto de lesión, inflamación o infección cerebral aguda.
3. Polisomnografía nocturna con latencia del sueño REM (movimientos oculares rápidos) inferior o igual a 15 minutos, o una prueba de latencia múltiple del sueño con un valor medio inferior o igual a 8 minutos y dos o más períodos REM al inicio del sueño.

Diagnóstico diferencial
Otras hipersomnias.
Privación de sueño e insuficiente sueño nocturno.
Síndromes de apnea del sueño.
Trastorno depresivo mayor.
Trastorno de conversión (trastorno de síntomas neurológicos funcionales).
Trastorno por déficit de atención/hiperactividad y otros problemas conductuales.
Crisis epilépticas.
Corea y trastornos del movimiento.
Esquizofrenia.



Apnea e hipopnea obstructiva del sueño
Criterios diagnósticos
A. Puede ser (1) o (2):
1. Signos en la polisomnografía de al menos cinco apneas o hipopneas obstructivas por hora de sueño y uno u otro de los síntomas del sueño siguientes:
a. Alteraciones nocturnas de la respiración: ronquidos, resoplidos/jadeo o pausas respiratorias durante el sueño.
b. Somnolencia diurna, fatiga o sueño no reparador a pesar de las condiciones suficientes para dormir, que no se explica mejor por otro trastorno mental (incluido un trastorno del sueño) y que no se puede atribuir a otra afección médica.
2. Signos en la polisomnografía de 15 o más apneas y/o hipopneas obstructivas por hora de sueño con independencia de los síntomas acompañantes.

Diagnóstico diferencial
Ronquido primario y otros trastornos del sueño.
Trastorno de insomnio.
Ataques de pánico.
Trastorno por déficit de atención/hiperactividad.
Insomnio o hipersomnia inducidos por sustancias/medicamentos.

Apnea central del sueño
Criterios diagnósticos
A. Signos en la polisomnografía de cinco o más apneas centrales por hora de sueño.
B. El trastorno no se explica mejor por otro trastorno del sueño actual.

Hipoventilación relacionada con el sueño
Criterios diagnósticos
A. La polisomnografía pone de manifiesto episodios de disminución de la respiración asociados a una elevación de la concentración de CO2. (Nota: En ausencia de una medida objetiva del CO2, la concentración baja persistente de la saturación de oxígeno en la hemoglobina no asociada a episodios apneicos/hipopneicos puede indicar la presencia de hipoventilación).
B. El trastorno no se explica mejor por otro trastorno actual del sueño.

Trastornos del ritmo circadiano de sueño-vigilia
Criterios diagnósticos
A. Patrón continuo o recurrente de interrupción del sueño que se debe principalmente a una alteración del sistema circadiano o a un alineamiento defectuoso entre el ritmo circadiano endógeno y la sincronización sueño-vigilia necesarios según el entorno físico del individuo o el horario social o profesional del mismo.
B. La interrupción del sueño produce somnolencia excesiva o insomnio, o ambos.
C. La alteración del sueño causa malestar clínicamente significativo o deterioro en lo social, laboral u otras áreas importantes del funcionamiento.

Trastornos del despertar del sueño no REM
Criterios diagnósticos
A. Episodios recurrentes de despertar incompleto del sueño, que generalmente se producen durante el primer tercio del período principal del sueño, y que van acompañados de una u otra de las siguientes características:
1. Sonambulismo: Episodios repetidos en los que el individuo se levanta de la cama y camina durante el sueño. Durante el episodio de sonambulismo, el individuo tiene la mirada fija y en blanco; es relativamente insensible a los esfuerzos de otras personas para comunicarse con él y sólo se puede despertar con mucha dificultad.
2. Terrores nocturnos: Episodios recurrentes de despertar brusco con terror, que generalmente comienzan con gritos de pánico. Durante cada episodio, existe un miedo intenso y signos de alerta autónoma, como midriasis, taquicardia, taquipnea y sudoración. Existe insensibilidad relativa a los esfuerzos de otras personas para consolar al individuo durante los episodios.
Diagnóstico diferencial
Trastorno de pesadillas.
Trastornos del sueño relacionados con la respiración.
Trastorno del comportamiento del sueño REM.
Síndrome con solapamiento de parasomnia.
Crisis epilépticas relacionadas con el sueño.
Desmayos inducidos por el alcohol.
Amnesia disociativa, con fuga disociativa.
Simulación u otra conducta voluntaria que puede ocurrir durante la vigilia.
Conductas complejas inducidas por la medicación.

Trastorno de pesadillas
Criterios diagnósticos 307.47 (F51.5)
A. Se producen de forma repetida sueños sumamente disfóricos, prolongados y que se recuerdan bien, que por lo general implican esfuerzos para evitar amenazas contra la vida, la seguridad o la integridad física y que acostumbran a suceder durante la segunda mitad del período principal de sueño.
B. Al despertar de los sueños disfóricos, el individuo rápidamente se orienta y está alerta.
C. La alteración del sueño causa malestar clínicamente significativo o deterioro en lo social, laboral u otras áreas importantes del funcionamiento.
D. Las pesadillas no se pueden atribuir a los efectos fisiológicos de una sustancia (p. ej., una droga, un medicamento).
E. La coexistencia de trastornos mentales y médicos no explica adecuadamente la presencia pre-dominante de sueños disfóricos.

Diagnóstico diferencial
Trastorno de terrores nocturnos.
Trastorno de comportamiento del sueño REM.
Duelo.
Narcolepsia.
Crisis epilépticas nocturnas.
Trastornos del sueño relacionados con la respiración.
Trastorno de pánico.
Trastornos disociativos relacionados con el sueño.
Consumo de medicamentos o de sustancias.

Trastorno del comportamiento del sueño REM
Características diagnósticas 327.42 (G47.52)
A. Episodios repetidos de despertar durante el sueño asociados a vocalización y/o comportamientos motores complejos.
B. Estos comportamientos se producen durante el sueño REM (movimientos oculares rápidos) y, por lo tanto, suelen aparecer más de 90 minutos después del inicio del sueño, son más frecuentes durante las partes más tardías del período de sueño y rara vez suceden durante las siestas diurnas.
C. Al despertar de estos episodios, el individuo está totalmente despierto, alerta y no presenta confusión ni desorientación.
D. Una u otra de las características siguientes:
1. Sueño REM sin atonía en la polisomnografía.
2. Antecedentes que sugieren la presencia de un trastorno del comportamiento del sueño REM y un diagnóstico establecido de sinucleinopatía (p. ej., enfermedad de Parkinson, atrofia multisistémica).
E. Los comportamientos causan malestar clínicamente significativo o deterioro en lo social, laboral u otras áreas importantes del funcionamiento (que pueden incluir lesiones a uno mismo o a la pareja).
E La alteración no se puede atribuir a los efectos fisiológicos de una sustancia (p. ej., una droga, un medicamento) u otra afección médica.
G. Los trastornos mentales y médicos coexistentes no explican los episodios.
Diagnóstico diferencial
Otras parasomnias.
Apnea obstructiva del sueño.
Otros trastornos disociativos especificados (trastorno disociativo psicógeno asociado al sueño).
Simulación.

Síndrome de las piernas inquietas
Criterios diagnósticos                                                    333.94 (G25.81)
A. Necesidad urgente de mover las piernas, acompañada generalmente o en respuesta a sensaciones incómodas y desagradables en las piernas, que se caracteriza por todas las circunstancias siguientes:
1. La necesidad urgente de mover las piernas comienza o empeora durante los períodos de reposo o de inactividad.
2. La necesidad urgente de mover las piernas se alivia parcial o totalmente con el movimiento.
3. La necesidad urgente de mover las piernas es peor por la tarde o por la noche que durante el día, o se produce únicamente por la tarde o por la noche.
B. Los síntomas del Criterio A se producen al menos tres veces por semana y han estado presentes durante un mínimo de tres meses.
C. Los síntomas del Criterio A se acompañan de malestar clínicamente significativo o deterioro en lo social, laboral, educativo, académico, comportamental u otras áreas importantes del funcionamiento.
D. Los síntomas del Criterio A no se pueden atribuir a otro trastorno mental o afección médica (p. ej., artritis, edema de las piernas, isquemia periférica, calambres en las piernas) y no se explican mejor por un problema de comportamiento (p. ej., incomodidad postural, golpeteo habitual de los pies).
E. Los síntomas no se pueden atribuir a los efectos fisiológicos de una droga o un medicamento (p. ej., acatisia).


Trastorno del sueño inducido por sustancias/medicamentos
Criterios diagnósticos
A. Alteración importante y grave del sueño.
B. Existen pruebas a partir de la historia, la exploración física o los análisis de laboratorio de (1) y (2):
1. Los síntomas del Criterio A aparecen durante o poco después de la intoxicación o después de la abstinencia de una sustancia o después de la exposición a un medicamento.
2. La sustancia/medicamento implicado puede producir los síntomas del Criterio A.
C. La alteración no se explica mejor por un trastorno del sueño no inducido por sustancias/medicamentos. Estas pruebas de un trastorno del sueño independiente pueden incluir lo siguiente:
Los síntomas fueron anteriores al inicio del uso de la sustancia/medicamento; los síntomas persisten durante un período importante (p. ej., aproximadamente un mes) después del cese de la abstinencia aguda o la intoxicación grave; o existen otras pruebas que sugieren la existencia de un trastorno del sueño independiente no inducido por sustancias/medicamentos (p. ej., antecedentes de episodios recurrentes no relacionados con sustancias/medicamentos).
D. La alteración no se produce exclusivamente en el curso de un delirium.
E. La alteración causa malestar clínicamente significativo o deterioro en lo social, laboral u otras áreas importantes del funcionamiento.


Diagnóstico diferencial
Intoxicación por sustancias o abstinencia de sustancias.
Delirium.
Otros trastornos del sueño.
Trastorno del sueño debido a otra afección médica

Otro trastorno de insomnio especificado           780.52 (G47.09)

Trastorno de insomnio no especificado                             780.52 (G47.00)

Trastorno del sueño-vigilia no especificado                       780.59 (G47.9)

1 comentario: